domingo, 11 de julio de 2021

CONVENIO DE CONCILIACIÓN, DOCUMENTO CON OBLIGATORIEDAD: STPSH

- Documento el cual contiene los alcances del arreglo al que han llegado las partes involucradas en el conflicto laboral

- Los acuerdos logrados son definitivos y no podrán impugnarse ante ninguna instancia, teniendo la calidad de un documento de validez legal



Pachuca de Soto, Hgo. - La conciliación laboral es un acuerdo entre las partes que tiene el objetivo de solucionar los conflictos o controversias laborales entre el trabajador y el patrón a través del diálogo, sin necesidad de llegar a juicio, explicó la titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Hidalgo, María de los Ángeles Eguiluz Tapia.

Precisó que una vez que las partes involucradas han alcanzado un acuerdo o han llegado a la solución de la controversia laboral, bajo la observación del conciliador se procede a la formulación del Convenio de Conciliación.

El Convenio de Conciliación es un documento el cual contiene los alcances del arreglo al que han llegado las partes involucradas y en el cual se describirá la solución y responsabilidades a las que se comprometen a cumplir tanto el empleador como la o el trabajador con el fin de dar por terminado el conflicto laboral, explicó la secretaria del trabajo.

La autoridad conciliadora, es responsable de cerciorarse que el convenio celebrado, cumpla con los requisitos y prestaciones que la Ley Federal del Trabajo establece, las cuales sean aplicables al acuerdo entre las partes refirió.

La titular de la STPSH subrayó que una vez celebrado el convenio ante el Centro de Conciliación Laboral del Estado de Hidalgo, adquirirá la categoría de “cosa juzgada”, es decir, tiene el mismo valor de una sentencia y la misma obligatoriedad. 

En tanto detalló que en determinado momento que no se cumpla con lo establecido en el Convenio de Conciliación, cualquiera de las partes podrá promover el cumplimiento de los acuerdos firmados ante el Tribunal laboral competente, mediante el procedimiento de ejecución de sentencia.

“La ejecución de las sentencias y convenios corresponde a los Tribunales Laborales, cuyo fin es dictar las medidas necesarias para que se cumpla con los acuerdos establecidos en el Convenio de Conciliación de manera pronta y expedita,” subrayó.

Por ello es importante que tanto trabajadores como empleadores adquieran el compromiso de cumplir con los acuerdos plasmados en el Convenio de Conciliación a efecto de evitar algún dictamen por parte de los jueces, puntualizó.

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