Tlaxcala, Tlax.- El Tribunal local tiene tres días para
contestar a la máxima autoridad en materia electoral por las inconsistencias en
el proceso electoral pasado.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
(TEPJF) revocó la resolución del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET), en
relación al Juicio de Revisión Constitucional JRC 286/2016 promovido por Lorena
Cuéllar Cisneros, otorgándole tres días para la contestación; esto, tras
confirmar que el gobernador, Mariano González Zarur y la titular de la
Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (SEDATU), Rosario Robles
Berlanga, incurrieron en violación a la normatividad Constitucional y legal en
materia electoral, por haber realizado un evento masivo durante la época de
campaña.
El TET declaró que la titular de la SEDATU, Rosario Robles
Berlanga así como el delegado en la entidad, Sergio Pintor Castillo y el gobernador Mariano González Zarur no
incurrieron en violación alguna a la normatividad Constitucional y legal en
materia electoral, luego de haber realizado durante el periodo de campaña
electoral un evento masivo denominado “El papelito habla”.
Sin embargo, de acuerdo con el TEPJF el TET violó el
principio de exhaustividad ya que se limitó a razonar si los hechos denunciados
vulneraron los artículos 41, Base III, Apartado C párrafo segundo de la
Constitución General en relación directa con el 170 de la Ley de Instituciones
y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala, omitiendo el análisis
del marco normativo electoral al no tomar en consideración el articulo 95
Apartado B, segundo párrafo.
Esta disposición de la ley local refiere que durante el
tiempo que comprenden las campañas electorales, los funcionarios que dependen
del Poder Ejecutivo así como de los municipios, presidencias de comunidad y
legisladores locales suspenderán las acciones de difusión de actividades
proselitistas que impliquen la entrega de cualquier tipo de programa
asistencial o de gestión.
Según la ley solamente se puede emprender campañas de
información en relación a servicios educativos, de salud o lo que se requiera
en Protección Civil en caso de que se presente alguna emergencia, por lo que
las acciones emprendidas por Rosario Robles, Sergio González Pintor y Mariano González violaron el artículo 134
de la Constitución.
La ley prevé de manera total la no divulgación y promoción de
cualquier otro tipo de acción de gobierno que rompa con el principio de equidad
e imparcialidad en el proceso electoral, situación vulnerada por dos niveles de
gobierno en este caso por la titular federal de la SEDATU, la delegación de la
misma y el gobernador Mariano González.
El TET se limitó a analizar con exhaustividad la difusión de
programa “Papelito habla”, violentando los principios de imparcialidad e
igualdad en el proceso electoral, luego de omitir el estudio del artículo 16,
así como el artículo 134 párrafo séptimo y el articulo 95 apartado B párrafo
segundo de la Constitución local.