- Expone iniciativa para modificar la Ley de Salud para el Estado de Hidalgo
Pachuca de Soto, Hgo. - Durante el tiempo que persista una emergencia sanitaria declarada previamente por la autoridad estatal competente, y que sea provocada por una enfermedad contagiosa de las vías respiratorias, el uso de cubre bocas será obligatorio hasta que la misma autoridad declare oficialmente su conclusión, propuso el diputado Asael Hernández Cerón.
En la sesión ordinaria de este martes, el presidente de la Junta de Gobierno de la LXIV Legislatura de Hidalgo planteó una iniciativa para modificar la Ley de Salud para el Estado de Hidalgo, en materia de establecer la obligatoriedad del uso de cubrebocas, que tiene como finalidad prevenir que las personas infectadas transmitan la enfermedad a terceros, y brindar protección a las personas sanas en contra de la infección.
Dijo que, “la falta de uso del cubre bocas por personas mayores de cinco hasta dieciocho años, será responsabilidad de los padres de familia o tutores, o de quienes tengan a su cuidado a dichos menores”.
Y agregó en su propuesta que, “el uso del cubre bocas será obligatorio en vías y espacios públicos o de uso común; en el interior de establecimientos ya sean de comercio, industria o servicios; centros de trabajo de cualquier ramo; centros comerciales, así como para usuarios, operadores y conductores de los servicios de transporte público o privado de pasajeros o de carga, previa determinación y aprobación de los respectivos lineamientos por parte de la Secretaría”.
Puntualizó el también coordinador del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional (PAN), que, en el caso de no atender las disposiciones anteriores que se establecerían en el artículo 181 BIS, la sanción de multa será de 5 a 10 Unidades de Medida y Actualización, la cual se podrá conmutar por arresto administrativo hasta por 36 horas o por trabajo en favor de la comunidad hasta por 8 horas.
“La iniciativa que pongo a su consideración reforma y adiciona la Ley de Salud para el Estado de Hidalgo, a efecto de que, entre las Medidas de Seguridad Sanitaria se considere específicamente el uso obligatorio de cubre bocas durante el tiempo que permanezca cualquier emergencia sanitaria que requiera su utilización. Asimismo, se propone que las personas en situación de vulnerabilidad reciban gratuitamente los cubre bocas para hacer efectiva la medida y su obligatoriedad”, finalizó.